viernes, 22 de abril de 2016

                              MANUAL DE TEOLOGIA DOGMATICA



VII.- El sacramento del matrimonio.
I.- Noción, origen y sacramentalidad del matrimonio.
A) Noción del sacramento del matrimonio.
El matrimonio cristiano es aquel sacramento por el cual dos personas de distinto sexo, hábiles para casarse, se unen por mutuo consentimiento en indisoluble comunidad de vida con el fin de engendrar y educar a la prole, y reciben gracias para cumplir los deberes especiales de su estado.
B) Origen divino del matrimonio.
El matrimonio no fue instituido por los hombres, si no por Dios ( sent.cierta; Dz 2225). Cf. Vaticano II, const. Gaudium et spes, n. 48.
El matrimonio, como institución natural, es de origen divino. Dios creo a los hombres varón y hembra ( Gen I, 27 ) y depositó en la misma naturaleza humana el instinto de procreación. Dios bendijo a la primera pareja humana y, por medio de una revelación especial, les manifestó su mandato de que se multiplicasen: ¨procrear y multiplicaos, y enchid la tierra¨ ( Gen I, 28 ).
C) Sacramentalidad del matrimonio.
El matrimonio es verdadero y propio sacramento instituido por Cristo(de fé ).
Cristo restauro el matrimonio instituido y bendecido por Dios haciendo que recobrase su primitivo ideal de unidad e indisolubilidad ( Mt 19, 3ss ). Y elevándolo a la dignidad de sacramento.
Contra los reformadores que negaban la sacramentalidad del matrimonio considerándolo como ¨cosa exterior y mundana¨ ( lutero ), su santidad Pio X condenó la negación de la institución divina del matrimonio por parte de los modernistas; Dz 2051; cf. El sílabo de Pio IX ( 1864 ) y las encíclicas Arcanum de León XIII ( 1880 ) y Casti - Connubii de Pio XI ( 1930), que tratan sobre el matrimonio; Dz 1765 ss, 1853 s y 2225ss.
Prueba de Sagrada Escritura.
San Pablo hace resaltar el carácter religioso del matrimonio, exigiendo que se contraiga ¨en el señor¨ ( I cor 7, 39 ) y enunciando su indisolubilidad como precepto del señor ( I cor 7,10 ). La elevada dignidad y santidad del matrimonio cristiano se funda, según San Pablo, en que el matrimonio es símbolo de la unión de cristo con su iglesia; Eph 5, 32: ¨gran misterio es este, más lo digo con respecto a cristo y su iglesia¨. Como la unión de cristo con la iglesia es fuente de abundante desgracia para los miembros de esta, el matrimonio, si es imagen perfecta de la unión santificadora de cristo con la iglesia, no puede ser un símbolo huero como era en la época precristiana, si no un signo eficiente de la gracia. Ahora bien, este efecto de comunicar la gracia no podría tenerlo el matrimonio si no por institución de cristo. El concilio de trento hace notar, que el matrimonio es verdadera causa de gracia ( Dz 969 ).
Prueba de la Tradición.
Los padres consideraron desde un principio el matrimonio como algo sagrado. San Ignacio de Antioquia ( + hacia 107 ) exige que la iglesia coopere en la contracción de matrimonio: ¨conviene que el novio y la novia contraigan matrimonio con anuencia del Obíspo, a fin de que el matrimonio sea conforme al Señor y no conforme a la concupiscencia¨ ( pol. 5,2 ). También Tertuliano da testimonio de que el matrimonio ha de contraerse ante la iglesia: ¨¿ como podríamos describir la dicha de un matrimonio contraído ante la iglesia, confirmado por la oblación, sellado por la bendición, proclamado por los ángeles y ratificado por el padre celestial?¨ ( Ad uxorem II, 9 ).
San Agustín defiende la dignidad y santidad del matrimonio cristiano contra los maniqueos, que desechaban el matrimonio como fuente del mal. Convirtióse la doctrina de San Agustín en patrimonio de la teología posterior sobre los tres bienes del matrimonio: proles ( la descendencia), fides ( la fidelidad conyugal ), sacramentum ( signo de la unión indisoluble de cristo con su iglesia conforme a Eph 5,32; por eso esta palabra tiene aquí la misma significación de indisolubilidad ). San Agustín no habla todavía expresamente de que el matrimonio cause Gracia Santificante.
La asistencia de Jesús a las bodas de Caná la consideran los padres como un reconocimiento y santificación del matrimonio cristiano por parte del señor, de manera análoga a como en el jordán, por su bautismo, santifico Jesús el agua para la administración del sacramento del bautismo; cf.
Solamente la escolástica llego a adquirir un conocimiento claro y científico del matrimonio cristiano como sacramento.
II.- Fin.
El fin primario del matrimonio es la procreación y educación de la prole. El fin secundario es la ayuda mutua y la satisfacción moralmente ordenada del apetito sexual ( sent cierta; CIC 1013,1 ). El concilio vaticano II no distingue entre un fin primario y un fin secundario del matrimonio, si no que entre los fines del matrimonio pone simplemente en primer lugar la procreación y la educación de la prole ( De Ecclesia in mundo huius temporis 48 ).
El fin primario esta enunciado en Gen I, 28; ¨procrear y multiplicaos, y enchid la tierra.¨ el fin secundario lo vemos expresado en Gen 2, 18; ¨voy a hacerle una ayuda semejante a él ¨, y en I Cor 7, 2 : ¨a causa de la fornicación ( es decir, para evitar el peligro de la fornicación, tenga cada uno su mujer y cada una tenga su marido) ¨.
Propiedades.
Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad ( sent. Cierta ; CIC 1013, 2 ).
Unidad.
A propósito de la unidad y en contra de lutero declaró el concilio de trento que está prohibido a los cristianos por ley divina tener al mismo tiempo varias esposas; Dz 972. El canon va dirigido contra la forma corriente de poligamia simultanea: la poliginia ( matrimonio de un varón con varias mujeres a la vez. La poliandria ( matrimonio de una sola mujer con varios varones al mismo tiempo ) está prohibida por ley natural.
En el paraíso, Dios instituyo el matrimonio como unión monógama ( Génesis I, 28; 2, 24 ) pero la humanidad se apartó bien pronto de aquel primitivo ideal ( Gen 4, 19 ). Aún en el antiguo testamento dominó ampliamente la poligamia. Pero cristo volvió a restaurar el matrimonio en toda su pureza primitiva. Citando Gen 2,24, dice el salvador: ¨de manera que ya no son dos, si no una sola carne. Por tanto, lo que Dios unió no lo separe el hombre¨ ( Mt 19,6 ). El casarse de nuevo después de haber repudiado a la mujer lo considera Jesucristo como adulterio ( Mt 19,9 ). Conforme a la doctrina de San Pablo, el matrimonio tiene un carácter estrictamente monogámico; cf. Rom 7,3; I Cor 7,2, 10s; Eph 5,32.
Los apologistas cristianos describiendo la pureza moral de los cristianos, ponen especialmente de relieve la severa observancia de la monogamia. Teófilo de Antioquia comenta: ¨entre ellos se encuentra la prudente templanza, se ejercita la continencia, se observa la monogamia, se guarda la castidad¨.
La prueba especulativa de la unidad del matrimonio ( monogámia ) se funda en que solo mediante esta unidad se garantiza la consecución de todos los fines del matrimonio y se convierte éste en símbolo de la unión de Cristo con su Iglesia; Su pp l. 65,1; S. c. G. IV 78.
Indisolubilidad.
Indisolubilidad intrínseca el concilio de trento declaró que el vínculo conyugal no se puede romper por la herejía, o por dificultades en la convivencia o por la ausencia malébola de un cónyuge ( Dz 975 ), y que la iglesia no hierra y que el vínculo conyugal- conforme a la doctrina evangélica y apostólica- no se puede romper ni en caso de adulterio de uno de los cónyuges ( Dz 977 ).
Preguntado Jesús por los fariseos si era lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa, les respondió el señor citando Gen, 24: ¨por tanto, lo que Dios unió no lo separe el hombre ¨ ( Mt 19,6 ) ellos objetaron que Moisés ¨había ordenado dar libelo de divorcio y repudiar a la mujer¨ ( Deut 24,1 ) entonces replicó Jesús: ¨por la dureza de vuestro corazón os permitió Moisés repudiar a vuestras mujeres pero al principio no fue así ¨ ( Mt 19,8 ).
Jesús vuelve a restaurar el matrimonio primitivo tal como Dios lo instituyera por eso dijo el señor: ¨quién repudia a su mujer, por caso de fornicación y se casa con otra, comete adulterio¨ ( Mt 19,9 ).
San Pablo propone a los casados, como precepto del señor, que la mujer no se separe del marido ni el marido repudie a su mujer. Y si una de las partes se separa de la otra, no se puede volver a casar ( I Cor 7,10s ). Es adultera la mujer que, en vida de su marido, se casa con otra persona ( Rom 7,3 ); solo la muerte del marido deja libre a la mujer para contraer nuevas nupcias ( Rom 7,2;I Cor 7,39 ).
Los padres de los primeros siglos sostienen, casi sin excepción qué, en caso de adulterio, es lícito repudiar a la parte culpable, pero que está prohibido volverse a casar; cf, el Pastor de Hermas, Mand. IV 1, 6; San Justino, Apol. 1 15; Clemente de Alejandria, Strom. II 23,145,3; Orígenes, Inmatth. XIV 24; San Basilio ( Et 188,can. 9 ).
Las razones intrínsecas que exigen la indisolubilidad del matrimonio son la garantía de la educación física y moral de la prole, la salvaguarda de la fidelidad conyugal, la imitación de la unión indisoluble de Cristo con su Iglesia y el fomento del bien de la familia y la sociedad.
El contrato matrimonial como signo sacramental.
De la identidad real que existe entre el sacramento del matrimonio y el contrato matrimonial se deduce que el signo exterior, el sacramento consiste exclusivamente en el contrato matrimonial, esto es en el mutuo ofrecimiento de aceptación que hacen los contrayentes por medio de palabras o señales.
Los efectos del sacramento del matrimonio.
El vínculo conyugal.
Del contrato matrimonial que es sacramento, se origina el vínculo conyugal que une a los esposos durante toda su vida en indisoluble comunidad de vida ( de fé; Dz 969 ).
San Agustín compara el vínculo conyugal, ¨al que no es capaz de romper ni la separación ni la unión con otra persona ¨ con el carácter bautismal imborrable. Sin embargo, el matrimonio no es absolutamente no reiterable, si no tan solo de manera no relativa, es decir, mientras vivan los dos cónyuges. Después de la muerte de uno de ellos es lícito al que ha enviudado contraer nuevas nupcias, como enseña la Iglesia de acuerdo con la doctrina del apostol San Pablo ( Rom 7,2s; I Cor 7, 8s 39s; I Tim 5, 14ss ).
La Gracia Matrimonial.
El sacramento del matrimonio confiere Gracia Santificante a los contrayentes ( de fé ). El concilio de trento declaró que el matrimonio confiere la Gracia gratificante a los contrayentes Dz 971;cf. 969. Como sacramento de vivos, el matrimonio causa Per se el aumento de Gracia Santificante. La Gracia que se recibe por este sacramento esta ordenada de manera especial al fin de este sacramento: sirve para santificar a los esposos y darles el vigor sobrenatural necesario para cumplir con los deberes de su estado. Con la Gracia Santificante se les concede también el derecho a las gracias actuales ¨que alcanzaran cuantas veces les fueren necesarias para cumplir los deberes de su estado¨ ( Pio XI ); Dz 2237.

                                          Hasta aquí el autor:
                                              LUDWIG OTT

He escogido ciertos párrafos muy importantes y textuales del libro ¨Manual de Teología Dogmática¨ que nos dan luz sobre el tema del matrimonio, separación y divorcio en relación con la Iglesia. Tema que actualmente se  especúla y se propaga de manera confusa internando a los fieles y pueblo en general en confusas soluciones. Tomando en cuenta qué carecemos de verdaderos conocimientos de nuestra religión.
Posteriormente expondremos párrafos de profunda solidez del catecismo de la iglesia católica, en alusión al mismo tema.
Comparando a Ott y al catecismo de la iglesia católica, encontramos la misma doctrina.

Sor Clotilde García Espejel

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