sábado, 13 de mayo de 2017

Casti Connubii La piedad es necesaria, Deber de los Pastores de Almas, No bastan los medios naturales, Las Leyes del matrimonio cristiano




EL MATRIMONIO CRISTIANO.
CASTI CONNUBII
Pío XI, 31 de diciembre de 1930.

  



   


LA PIEDAD NECESARIA.

105. – Luego si de ninguna manera se pueden refrenar como se quieren estos ímpetus indomables, si el alma primero no rinde humilde obsequio de piedad y reverencia a su Creador, es, ante todo, y muy necesario, que quienes se unen con el vínculo santo del matrimonio estén animados de una piedad íntima y sólida hacia Dios, la cual informe toda su vida y llene su inteligencia y su voluntad de acatamiento profundo para con su Majestad Infinita.

DEBER DE LOS PASTORES DE ALMAS.

106. – Obran, pues, con entera rectitud y del todo conforme a las normas del sentido cristiano los pastores de las almas que, para que no se aparten en el matrimonio de la divina ley, exhortan en primer lugar a los cónyuges a los ejercicios de piedad, a entregarse por completo a Dios, a implorar su ayuda continuamente, a frecuentar los sacramentos, a manera de fomentar siempre y en todas las cosas una devota sumisión a Dios.

NO BASTAN LOS MEDIOS NATURALES.

107. – Se engañan en absoluto los que creen que, posponiendo o menospreciando los medios que exceden a la naturaleza, pueden inducir a los hombres a imponer su freno a los apetitos de la carne con el empleo y los inventos de las ciencias naturales (como son biología, la ciencia de la transmisión hereditaria y otras similares). Lo cual no quiere decir que se han de tener en poco los medios naturales que no sean deshonestos, porque uno mismo es el autor de la Naturaleza y de la gracia, Dios, el cual ha destinado los bienes de ambos órdenes para uso y utilidad de los hombres. Pueden y deben, por lo tanto, los fieles ayudarse también de los medios naturales. Pero yerran los que opinan que bastan los mismos para afianzar la castidad del estado conyugal o les atribuyen más eficacia que al socorro de la gracia sobrenatural.

LAS LEYES DEL MATRIMONIO CRISTIANO.

108. – Esta conformidad de las nupcias y de las costumbres con las leyes del matrimonio, sin la cual no pueden ser eficaz su restauración, supone que todos pueden discernir con facilidad, con firme certeza y sin mezcla de error, cuáles son esas leyes. Ahora bien; no hay quien no vea a cuántos sofismas se abriría camino y cuántos errores se mezclarían con la verdad revelada. Y si esto vale para muchas otras verdades del orden moral, particularmente se ha de tener en cuenta en lo que se refiere al matrimonio, donde el deleite libidinoso fácilmente puede abrirse paso en la frágil naturaleza engañándola y seduciéndola; y esto tanto más cuanto que, para observar la ley divina, los esposos han de hacer a veces sacrificios difíciles y duraderos, de los cuales se sirve el hombre frágil, según consta por la experiencia, como de otros tantos argumentos para excusarse de cumplir la ley divina.


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