viernes, 29 de julio de 2016






EL MATRIMONIO CRISTIANO.
CASTI CONNUBII
Pío XI, 31 de diciembre de 1930.


                         INTERVENCIÓN DE LA VOLUNTAD HUMANA.

         6. – “Más, aunque el matrimonio sea de Institución Divina por su misma naturaleza, con todo, la voluntad humana tiene también en él su parte, y por cierto nobilísima, porque todo matrimonio, en cuanto que es unión conyugal entre un determinado hombre y una determinada mujer, no se realiza sin el libre consentimiento de ambos esposos, y este acto libre de la voluntad, por el cual una y otra parte se entrega y acepta el derecho propio del matrimonio, es tan necesario para la constitución del verdadero matrimonio, que “ninguna potestad humana lo puede suplir”. Es cierto que esta libertad no da más atribuciones a los cónyuges que las de determinarse o no a contraer matrimonio; de tal suerte, que si alguien ha contraído ya matrimonio, se halla sujeto a sus leyes y propiedades esenciales, y así, el Angélico Doctor, tratando de la fidelidad y de la prole, dice: “Estas nacen en el matrimonio en virtud del mismo pacto conyugal, de tal manera que si se llegase a expresar en el consentimiento, causa del matrimonio, algo que les fuera contrario, no habría verdadero matrimonio”. Por obra, pues, del matrimonio se juntan y funden las almas aun antes y más estrechamente que los cuerpos, y esto no con un afecto pasajero de los sentidos o del espíritu, sino con una determinación firme y deliberada de las voluntades, y de esta unión de las almas surge, porque así Dios lo ha establecido, el sagrado e inviolable vínculo matrimonial”.

En este párrafo de la encíclica en sus primeras líneas, leemos algo fundamental que el matrimonio es de Institución Divina y lo marco porque ahí está el meollo de la imposibilidad de cambiar, de suplantar la esencia del matrimonio.

Es también de tomarse en cuenta a los cónyuges, quienes son responsables, en alto porcentaje de la realización positiva del matrimonio eclesiástico. Han de ir conscientes, de propia voluntad e incluso animosamente a efectuar el sacramento que será para siempre: ¨hasta que la muerte los separe¨.

Ninguna presión ni externa ni interna que pueda dejar nulo el matrimonio.
Sin condiciones que pudieran romper los fines y leyes del matrimonio. Aquellos o aquellas que ya van preparados para evitar a la prole e igualmente a separarse por cualquier circunstancia, dejan muy dudosa la efectividad del matrimonio.

        Continúa.                                                                                Sor Clotilde.

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