EL MATRIMONIO CRISTIANO.
CASTI CONNUBII
Pío XI, 31 de diciembre de 1930.
NO ES UN CONTRATO MERAMENTE CIVIL.
79 –
Fúndanse para lo primero en que ya el solo acto civil ha de ser considerado
como verdadero contrato matrimonial (matrimonio civil suelen llamarlo); el acto
religioso, en cambio, es cierta añadidura que a lo sumo habrá de permitirse al
vulgo supersticioso. Quieren, además, que sin restricción alguna se permitan
los matrimonios mixtos de católicos y acatólicos, sin preocuparse de la
religión ni de solicitar el permiso de la autoridad religiosa. En cuanto a lo
segundo, y esto de una consecuencia necesaria, excusan los divorcios perfectos
y alaban y fomentan las leyes civiles que favorecen la disolución del mismo
vínculo matrimonial.
CARÁCTER SAGRADO DEL MATRIMONIO.
80 –
Acerca del carácter religioso de todo matrimonio, y mucho más del matrimonio
cristiano, pocas palabras hemos aquí de añadir, puesto que nos remitimos a las
letras Encíclicas de León XIII, que ya hemos citado repetidas veces y
expresamente hecho nuestras, en las cuales se trata prolijamente y se defiende
con graves razones cuanto hay que advertir sobre esta materia.
TESTIMONIOS DE LA HISTORIA Y DE LA
CONCIENCIA UNIVERSAL.
81 –
A la sola luz de la razón natural, y mucho mejor si se investigan los vetustos
monumentos de la Historia, si se pregunta a la conciencia constate de los
pueblos, si se consultan las costumbres e instituciones de todas las gente,
consta suficientemente que hay, aún en el matrimonio natural, un algo sagrado y
religioso, “no advenedizo, sino ingénito; no procedente de los hombres sino
innato”, puesto que el matrimonio “tiene a Dios por autor y fue desde el
principio una figura de la Encarnación del Verbo de Dios”. Esta naturaleza
sagrada del matrimonio, tan estrechamente ligada con la religión y las cosas
sagradas; se deriva de origen divino arriba conmemorado; de su fin, que no es
sino el de engendrar y educar hijos para Dios y unir con Dios a los cónyuges
mediante un mutuo y cristiano amor, y, finalmente, del mismo natural oficio del
matrimonio, establecido, con providentísimo designio del Creador, a fin de que
fuera algo así como el vínculo de la vida, por el que los hombres cooperan, en
cierto modo, con la divina omnipotencia. A lo cual, por razón del sacramento. Debe
añadirse un nuevo título de dignidad que ennoblece extraordinariamente al
matrimonio cristiano, llevándolo a tan alta excelencia que para el Apóstol
aparece como un misterio grande y honroso en todos.
REVERENCIA Y RESPETO AL MATRIMONIO.
82 –
Este carácter religioso del matrimonio,
con su excelsa significación de la gracia y la unión de Cristo y la Iglesia,
exige de los contrayentes una santa reverencia hacia el matrimonio cristiano y
un cuidado y celo también a fin de que el matrimonio que intentan contraer se acerque
lo más posible al prototipo de Cristo y de la Iglesia.
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