sábado, 24 de diciembre de 2016

"Pecado contra la naturaleza, El onanismo, castigado por Dios y Solemne condenación de la Iglesia"

EL MATRIMONIO CRISTIANO.
CASTI CONNUBII
Pío XI, 31 de diciembre de 1930.

 


PECADO CONTRA LA NATURALEZA.
54. – Ningún motivo, sin embargo, aun cuando sea gravísimo, puede hacer que lo que va intrínsecamente contra la naturaleza sea honesto y conforme a la misma naturaleza, a la generación de los hijos; los que en el ejercicio del mismo lo destituyen adrede de su naturaleza y virtud, obran contra la naturaleza y cometen una acción torpe intrínsecamente deshonesta.

EL ONANISMO, CASTIGADO POR DIOS.
         55. – Por lo cual no es de admirar que las mismas Sagradas Letras atestigüen con cuánto aborrecimiento la Divina Majestad ha perseguido este nefasto delito, castigándolo a veces con la pena de muerte, como recuerda San Agustín: “Porque ilícita e impúdicamente yace, aun con su legítima mujer, el que evita la concepción de la prole. Que es lo que hizo Onán, hijo de Judá, por lo cual Dios le quitó la vida.

SOLEMNE CONDENACIÓN DE LA IGLESIA.

         56. – Habiéndose, pues, algunos manifiestamente separado de la doctrina cristiana, enseñada desde el principio y transmitida en todo tiempo, sin interrupción, y creyendo ahora que sobre tal modo de obrar se debía predicar solemnemente otra doctrina, la Iglesia Católica, a quien el mismo Dios ha confiado la enseñanza y defensa de la integridad y honestidad de costumbres, colocada en medio de esta ruina moral, para conservar inmune de tan ignominiosa mancha la castidad de la unión nupcial, en señal de su divina legación, eleva su voz por nuestros labios y una vez más promulga que cualquier uso del matrimonio en cuyo ejercicio el acto, de propia industria, queda destituido de su natural fuerza procreativa, va contra la ley de Dios y contra la ley natural, y los que tal cometen se hacen culpables de un grave delito.

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